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Prevenir las alergias alimentarias en hostelería

Comer sin riesgos a pesar de las alergias alimentarias

Comer sin riesgos a pesar de las alergias alimentarias

No es una opción, sino una obligación

Desde el pasado 13 de Diciembre de 2014 tiene vigencia el reglamento 1169/2011, en el que se exige informar adecuadamente a los consumidores acerca de posibles alérgenos que puedan contener los diferentes menús que se sirven en el sector restauración/hostelería. Esto, no es algo que solo tenga que ser identificable en cada uno de los platos que se ofrecen sino que, los alérgenos  también tienen que ser incluidos en la carta para que cualquier comensal pueda acceder fácilmente a la información.

La imposición de ésta ley ha obligado a actualizar los conocimientos sobre los alérgenos de todo el personal que trabaja en ésta industria ya que se hace imprescindible minimizar los riesgos de posibles reacciones alérgicas que pueda contraer una persona, al comer por ejemplo en el bufet del restaurante de un hotel o al ordenar un menú que pueda contener ingredientes que le provoquen una alergia.

 Muchas veces éste tipo de ingredientes puede estar oculto o encontrarse en mínimas cantidades en un alimento como podría ser una salsa. Identificarlo e informar por escrito al público, es una forma de disminuir éste tipo de inconvenientes teniendo en cuenta que el padecer de una alergia puede implicar desde una simple molestia como estornudar o picazón hasta presentar un cuadro grave como la anafilaxia.

Intolerancia alimentaria no es igual a alergia alimentaria

Intolerancia alimentaria no es igual a alergia alimentaria

¿Basta con incorporar buenas prácticas ?

Podría creerse que sí, pero no es del todo verdad ya que hay que tener en cuenta que no solo se trata de que el personal éste debidamente formado al respecto para evitar que algún cliente tenga un contratiempo a causa de una alergia alimentaria, sino que además es necesario que la formación sea eficiente y actual para no dar lugar a sanciones derivadas por ejemplo de una reclamación por parte de un consumidor o bien, a causa de una inspección por parte de la administración.

Se cree que solo en Europa un 17% de la población padece de intolerancias alimentarias, algo a lo que quienes las sufren se ven expuestos con mayor grado cuando comen fuera de casa, hecho que se ve intensificado en las épocas vacacionales o días festivos. Llegados a éste punto, vale la pena marcar la diferencia entre intolerancia alimentaria y alergia alimentaria, ya que se cree es lo mismo pero son dos afecciones distintas. En la primera, el sistema inmune no se ve comprometido y por lo general cuando se consumen pequeñas dosis del alimento en cuestión, no se presentan síntomas; un ejemplo de las intolerancias más comunes son a la lactosa o sulfitos entre otras. En cambio en la segunda, si se hacen evidentes los síntomas de alergia a causa de que el sistema inmunológico es afectado debido a la reacción que tiene lugar por el consumo de determinado alimento, que contiene una sustancia o componente al cual se es alérgico.

Si bien el cumplimento a rajatabla de ésta ley en los sectores de hostelería y restauración, puede parecer un tanto caprichosa a los ojos de quienes no sufren de alergias e intolerancias alimentarias de algún tipo teniendo que llevar una dieta libre de ciertos alimentos; cabe hacer hincapié en que la igualdad es un derecho de todo ciudadano y por lo mismo cuando los alérgenos están ausentes en los menús y así lo garantiza la información ofrecida por el establecimiento, todos pueden consumir sin riesgos  ni diferencia alguna.

¿Sufres de alergias alimentarias? ¿Qué crees acerca de la incorporación de ésta ley?

 

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